La Corte Suprema de Justicia ha proferido un importante fallo en
materia de protección a los consumidores inmobiliarios. A partir de
ahora, cualquier titular de unidades inmobiliarias está legitimado para
demandar la garantía legal respecto de las zonas comunes de una
copropiedad. Esta posibilidad estaba limitada al administrador de esta
en su condición de representante legal. Sin embargo, la Alta
Corporación, luego de hacer un estudio de las disposiciones aplicables
fijó su recta interpretación y concluyó que cada propietario de
unidades inmobiliarias puede exigir la garantía legal por zonas
comunes (piscinas, ascensores, fuentes, pasillos, etc.) y obtener la
protección que la ley dispensa a los consumidores de conformidad con
lo previsto en la ley 1480 de 2011.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SC395-2023 Radicación n.° 11001-31-99-001-2019-
51790-01. Sentencia del 18 de diciembre de 2023.
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